El 26 de febrero de 2016, mediante acuerdo IEM-CG-05/2016, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán crea la Comisión de Derechos Humanos, posteriormente se aprueba el Reglamento Interior que, causa cambios sustanciales en la estructura, incorporando dicha coordinación a la Secretaria Ejecutiva.
Posteriormente, el 26
de junio de 2020, mediante acuerdo IEM-CG-26/2020, el Consejo General
aprobó reforma al Reglamento Interior para facilitar el cumplimiento
de sus funciones derivado de reformas a leyes generales en temas como el
de la violencia política contra las mujeres en razón de género,
modificando la denominación de la Coordinación de Derechos Humanos, a la
actual: Comisión de Igualdad de género, no Discriminación y Derechos Humanos.
El 27 de agosto de 2025, el Consejo General, aprobó el acuerdo IEM-CG-138/2025, mediante el cual se efectuó
la rotación de diversas presidencias y la modificación en la integración de las
comisiones y comités del instituto. En este marco, se actualizó también la
integración actual de la Comisión de Igualdad de Género, no Discriminación y Derechos Humanos.
Acciones afirmativas
Acciones
afirmativas: qué son y para qué sirven
Las acciones afirmativas son medidas especiales
implementadas por las autoridades con el objetivo de promover la igualdad
sustantiva y reducir desigualdades históricas que han limitado la
participación de ciertos grupos de la población en los espacios de toma de
decisiones.
En el ámbito electoral, las acciones afirmativas consisten en
reglas o lineamientos que buscan garantizar condiciones reales de inclusión
en la postulación y el acceso a cargos de elección popular, particularmente
para personas que han enfrentado barreras estructurales para ejercer plenamente
sus derechos político-electorales.
Estas medidas sirven para:
·Fortalecer la representación de grupos históricamente
subrepresentados;
·Disminuir prácticas de exclusión o discriminación en la vida
política;
·Asegurar que el ejercicio de los derechos político-electorales se
realice en condiciones de igualdad;
·Contribuir a la construcción de una democracia más incluyente,
plural y equitativa.
En suma, las acciones afirmativas son una herramienta fundamental
para avanzar hacia una participación política efectiva y libre de
discriminación, garantizando que todas las personas puedan ejercer su derecho a
ser votadas en condiciones justas.
Acciones afirmativas
en Michoacán
·26 de febrero de 2021: el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, al resolver el juicio ciudadano TEEM-JDC-028/2021,
ordenó al Instituto Electoral de Michoacán emitir un acuerdo o lineamientos
que establecieran acciones afirmativas, a través de una cuota determinada y
específica, en favor de personas integrantes de la comunidad LGBTTTIQ+, indígenas,
jóvenes y personas con discapacidad, para las elecciones de diputaciones
locales y ayuntamientos del proceso electoral
ordinario local 2020-2021.
·8 de marzo de 2021: en
cumplimiento de la sentencia, el Consejo General aprobó el acuerdo IEM-CG-72/2021,
mediante el cual se aprobaron los lineamientos de acciones afirmativas en favor
de las personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria señalados, en atención
a la sentencia emitida dentro del juicio ciudadano TEEM-JDC-028/2021.
·8 de febrero de 2023: el Instituto
puso a disposición del Congreso del estado de Michoacán el estudio sobre la
eficacia y funcionamientode las medidas afirmativas implementadas,
conforme a los efectos de la sentencia TEEM-JDC-028/2021.
·21 de diciembre de 2023: el Instituto
aprobó el acuerdo IEM-CG-96/2023, mediante el cual se emitieron los lineamientos para la configuración de acciones afirmativas a favor de
personas con discapacidad, población LGBTIAQ+, indígenas y migrantes,
aplicables al proceso electoral ordinario local 2023-2024 y, en su caso,
elecciones extraordinarias
Proceso Electoral 2020 - 2021
Acciones Afirmativas Implementadas por el IEM Durante el Proceso Electoral 2020 - 2021